El Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Puno, concedió la Medida Cautelar a favor del Gobierno Regional de Puno, contra la ejecución del Proyecto Vilavilani II, en consecuencia dispuso la “suspensión” de la ejecución del Contrato N° 14-209-GOB.REG.TACNA-PET, por el que se venía ejecutando el Proyecto “Mejoramiento y Ampliación de la Provisión de Agua para el Desarrollo Agrícola del Valle de Tacna – Vilavilani II”.
Este pronunciamiento se dio dentro del marco de la Acción de Amparo, iniciada por el Gobierno Regional de Puno, frene a la amenaza inminente de afectación de derechos constitucionales de la población de la Región de Puno, en especial de los pueblos originarios –Comunidades Campesinas Aymaras, que habitan en el Distrito de Capaso de la Provincia de el Collao, Departamento y Región de Puno; por la afectación de los derechos fundamentales referidos a la vida, a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida, al uso sostenible de los recursos naturales, a la conservación de la diversidad biológica y áreas naturales protegidas de los habitantes de la zona alto andina.
Finalmente, ordenó remitir la comunicación respectiva al Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna – PET TACNA; al Gobierno Regional de Tacna y al Consorcio Agua Manantial; para que de manera inmediata procedan a la suspensión de las actividades que se venían realizando en el lugar denominado Vilachaullani, frontera entre las regiones de Puno y Tacna. Durante este proceso el Gerente General del Proyecto Especial Tacna Ing. Richard Peñaranda, refirió por diversos medios, que solo paralizaría el proyecto Vilavilani II, por disposición del Poder Juridicial, en relación a la suspensión solicitada por los pobladores afectados con la ejecución del proyecto y el anuncio